Por considerar que no tienen valor informativo y que producen “un grave riesgo de alteración del orden social y de la estabilidad psíquica y emocional de los usuarios de estos canales de información” y además fomentan la “anomia, el irrespeto a las leyes y a los Derechos Humanos”, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) prohibió a todos los medios de información difundir imágenes y videos de linchamientos de presuntos delincuentes.
La decisión la adoptó esta tarde la Sala Constitucional en su sentencia número 429, en la cual admitió una medida cautelar que el abogado Juan Garantón interpuso contra los sitios web Lapatilla.com y Caraotadigital.com por publicar sendas grabaciones en las que se veía a una turba de personas golpeando a unos sujetos acusados de ladrones.
En el fallo redactado por la magistrada Lourdes Suárez Anderson, la intérprete de la Carta Magna afirmó que “la divulgación y difusión indiscriminada de los videos de linchamientos producen un efecto perturbador de los elementos psicológicos, éticos, morales y rectores de la sociedad” y recordó a los medios y a los comunicadores sociales que “tienen el derecho de expresar periodísticamente un hecho noticioso y los usuarios tienen el derecho de recibir una información adecuada, pero estos derechos no deben crear zozobra e incertidumbre en la población, ya que el ejercicio de la comunicación social debe contribuir con el desarrollo integral del individuo y de la sociedad, no siendo plausible que se socaven las bases de la convivencia social, que se fomenten acciones contrarias al orden público y denigrantes a la condición humana, lesionando implícitamente otros derechos constitucionales como el derecho a la salud pública, el derecho a la presunción de inocencia, el derecho al honor y a la reputación”.
La medida se extenderá hasta que el máximo juzgado analice el fondo de la acción.
Esta no es la primera vez que el máximo juzgado adopta una medida similar contra los medios. En 2004 prohibió a los medios difundir informaciones relacionadas con las investigaciones por el asesinato del fiscal Danilo Anderson, por considerar que las mismas obstaculizaban su avance.
Sin embargo, desde 2007 comenzó a argumentar la defensa de los derechos de niños y adolescentes para prohibir a los medios la difusión de ciertas imágenes y contenidos. Así ese año le ordenó a los diarios “El Progreso” y “El Luchador” de Bolívar publicar imágenes de crímenes grotescos y en 2014 prohibió la publicación de clasificados con contenido sexual.