La Sala Constitucional del TSJ ordenó a los diputados de la Asamblea Nacional “abstenerse de continuar el inconstitucional, nulo e inexistente ‘juicio político’ en contra del Presidente Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadano Nicolás Maduro Moros, así como evitar dictar cualquier tipo de acto, sea en forma de acuerdo o de cualquier otro tipo, que se encuentre al margen de sus competencias y, en fin, fuera de lo previsto en la Constitución”.
La decisión del máximo tribunal se da a menos de 24 horas después de que el secretario ejecutivo de la coalición opositora, Jesús Torrealba, anunciara que la mayoría del Congreso retomaría el juicio contra Maduro tras el fin de la tregua que habían acordado por petición del Vaticano para impulsar un proceso de diálogo con el gobierno.
Asimismo, recordaron la sentencia 808 del 2 de septiembre de 2016 en que “se declararon manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados de la Asamblea Nacional, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga el desacato a la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia”.
La decisión también prohíbe convocar y realizar actos que alteren el orden público, realizar instigaciones contra autoridades y Poderes Públicos y otras acciones violatorias de los derechos constituciones y el orden jurídico.
El juicio por presunto incumplimiento de los deberes constitucionales había comenzado en octubre pero fue postergado a comienzos de este mes por solicitud del Vaticano, que actúa como mediador en el proceso de diálogo.
El proceso no implicará la destitución de Maduro debido a que el Legislativo no está facultado por la constitución para ello, pero según el diputado opositor Juan Miguel Matheus derivará en una “sanción moral” al mandatario. Matheus descartó que la decisión de la Corte afecte el proceso.
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SUMARIUM
Primero la el poder soberano lo tiene el pueblo y la soberanía reside en el pueblo que eligió por mayoría a la Asamblea Nacional un poder legislativo bien constituido puede enjuiciar al presidente por no haber pedido autoriza y aprobación de la Asamblea para ausentarse del pais,por no haber administrado la Hacienda Pública de la Nación y otros que están contemplando en los preceptos constitucionales, ahora bien los mal llamándos magistrados de T.S.J, no pueden dictar sentencias violatoria o contraria a la Constitución Bolivariana de Venezuela ,porque muy bien la Asamblea Nacional pudieran pedir la destituimos de estos magistrados, además su elección dudosa por no haber cumplidos los requisitos de ley ,y no tienen una moral ni ética porque ha permitido la violacion de rompe el hilo. Contitucional por parte de presidente Maduro a no permitir el revocatorio, por todo hay que juzgarlo y sus complices también
la AN o Ramos allup tuvieron miedo n aquel momento,el debate para juicio político necesario y urgente abortado por tsj inconstt