La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró procedente la solicitud de extradición activa al Reino de España del exministro petrolero y exembajador de Venezuela en la ONU, Rafael Ramírez Carreño, para ser sometido a un proceso penal en Venezuela, por su presunta participación en los delitos de peculado doloso propio, evasión de procedimiento licitatorio y asociación.
En la sentencia N° 258, con ponencia del magistrado Juan Luis Ibarra Verenzuela, la Sala de Casación Penal del TSJ asume que Rafael Ramírez “contará con todas las garantías constitucionales y procesales penales, consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela relativas al principio de no discriminación; prohibición de desaparición forzada de personas; debido proceso; derecho a la integridad física, psíquica y moral; prohibición de ser sometido a penas, torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes; derecho a un sistema penitenciario que asegure su rehabilitación y que no podrán ser juzgados por otros hechos distintos a los señalados en las solicitud de extradición, cometidos con anterioridad a cada solicitud”.
Igualmente, la Sala de Casación Penal declaró procedente la solicitud de extradición activa a la República de Colombia de la fiscal general destituida por la ANC, Luisa Marvelia Ortega Díaz, para ser sometida a un proceso penal en territorio venezolano, por su presunta participación en los delitos de traición a la patria; usurpación de funciones; uso de documento público falso; uso de sello falso; ocultación y retención; falsa denuncia o acusación y asociación.
La sentencia N° 257 de la Sala de Casación Penal, especifica estos delitos previstos y sancionados en los artículos 128, 213, 322 en relación con el artículo 319 y 313, en ese orden del Código Penal, así como los delitos de ocultación y retención, falsa denuncia o acusación y asociación para delinquir, previstos y sancionados en la Ley contra la Corrupción y la Ley contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
Según el máximo tribunal, Ortega será juzgada con las “debidas garantías consagradas en la Constitución como el derecho al debido proceso; al principio a la no discriminación; a la prohibición de la desaparición forzada de personas; a la integridad física, psíquica y moral; y a la prohibición de ser sometidos a penas, torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes”.