La detención y el posterior enjuiciamiento en los tribunales de Fuerte Tiuna de los oficiales que supuestamente lideraban y participaban en el autodenominado “Movimiento de Transición de la Dignidad del Pueblo” es una decisión que recae directamente sobre el presidente Nicolás Maduro.
El periodista Javier Ignacio Mayorca recordó en Runrunes que el artículo 54 del Código Orgánico de Justicia Militar enumera las atribuciones del Presidente de la República: 1) ordenar, por medio del ministro de la Defensa, el enjuiciamiento de los oficiales generales y almirantes; 2) ordenar que no se abra juicio militar en casos determinados; 3) ordenar el sobreseimiento de los juicios militares; 4) conceder indultos, y 5) conmutar las penas establecidas por sentencia ejecutoriada por otra menor que la señalada en el propio código.
De manera que el presidente no solo es el comandante en jefe de la FAN, sino también la primera autoridad de la justicia militar. El ministro de la Defensa, en este caso Vladimir Padrino López, es simplemente un ejecutor de sus designios. Mayorca destacó que “ahora se percibe un movimiento en el que participan exclusivamente comandantes de batallones del Ejército, sin auxilio de otras fuerzas militares”.
Asimismo, indicó que las informaciones iniciales, conocidas extraoficialmente, indican que se habían involucrado 18 unidades. “Las cuentas no cuadran. Ante los tribunales fueron presentados los jefes de cinco unidades. ¿Dónde quedó el resto? Tal parece entonces que Maduro y Padrino López han intentado un control de daños a lo interno del Ejército. Solo el futuro inmediato dirá si la jugada les salió como querían”, sumó.